sábado, 21 de agosto de 2010

ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS. UNA GRAN AMENAZA A LA BIODIVERSIDAD. Sofía Guerrero Z.

Especies exóticas invasoras: una gran amenaza a la biodiversidad
Sofía Guerrero Zepeda Médico veterinario, Master en gestión de la biodiversidad
sguerrero@conama.cl


Introducción
Esta exposición se refiere a las acciones que está realizando la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), en coordinación con otras instituciones públicas, con relación a las especies exóticas invasoras (EEI).
En el contexto internacional, Chile ha suscrito diversos convenios que permiten guiar la gestión relativa a las especies exóticas, entre ellos destacan los siguientes:
- Convenio sobre la diversidad biológica (CDB): en su decisión VI/23, reafirma prioridades de acción y establece principios rectores para la prevención, introducción y mitigación de impactos de las especies exóticas invasoras. En esta decisión se apoyan algunas iniciativas internacionales como, por ejemplo, el GISP (The Global Invasive Species Programme).
- Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES): asegura la cooperación entre los países firmantes para que el comercio internacional no ponga en peligro la supervivencia de plantas y animales silvestres.
- Convenio sobre la Conservación de Especies Migratorias de la Fauna Salvaje (Convención
de Bonn o CMS): establece en su artículo V la necesidad de conservar, readecuar y proteger los hábitats de especies migratorias, incluido el control de las especies exóticas o la inspección de la ya internadas.

Sobre la base de estos tres acuerdos se están generando políticas públicas nacionales.
En la VI Conferencia de las Partes (COP 6)4 de la CDB, según el acuerdo VI/23, se definió el concepto de especies exóticas invasoras (EEI):
• Aquellas especies, subespecies o taxa inferiores introducidos fuera de su distribución normal en el pasado o en el presente; incluye partes, gametos, semillas, huevos o propágulos de tales especies que pudieran sobrevivir y subsecuentemente reproducirse.
Por lo tanto, y en general, una especie exótica invasora es aquella cuya introducción y propagación amenaza la diversidad biológica.
Esta definición es bastante subjetiva, puesto que no existe una metodología clara y establecida que asegure que una especie causa daño a la biodiversidad local. Esta particularidad
actualmente está generando algunos problemas de gestión.
1. Efectos dañinos de las EEI
Según Baillie et al. (2004)5 en los últimos 20 años los efectos negativos causados por las
especies invasoras representan una de las principales causas de extinción de especies nativas (el 40% de las extinciones). Varios autores coinciden con que la tasa de extinción ha sido mayor en islas, ya que son ecosistemas más vulnerables a las amenazas.
Otros efectos negativos son:
• depredación de especies nativas: en ciertos casos provoca que las comunidades aledañas se tornen más sensibles y propicien la colaboración apoyando la gestión sobre EEI61;
• competencia;
• alteración y fragmentación de los hábitats;
• posibles efectos negativos a la salud humana.

2. Dispersión de las EEI
La introducción de organismos exóticos ha ocurrido por diferentes vías, de manera voluntaria e involuntaria. En general inicialmente ésta fue intencional (por ejemplo, la murtilla, cabra, conejo y coatí en el Archipiélago de Juan Fernández), aunque también involuntaria desde los medios de transporte (aguas de lastre de los barcos, semillas transportadas en los zapatos, dispersión causada por animales domésticos, otras). Nota: durante la exposición se mostró un video donde se observa el ataque de roedores a un albatros en su nido, quien, finalmente, muere desangrado. Se señaló que este tipo de material puede ayudar a sensibilizar a la comunidad, ya que cuando se trata de eliminar a las EEI se generan reticencias puesto que estas acciones se contraponen con los valores respecto de la preservación de la vida o con la gestión de las especies nativas. Otro agente importante para la dispersión son las mismas especies exóticas que pueden transportar agentes patógenos como, por ejemplo, la malaria aviar, como ocurrió en Hawai.

3. Cómo actuar frente a las EEI
Tanto con las especies invasoras, como con otros problemas ambientales, el “dejar de hacer” no es neutral. La inacción en prevención o control temprano pueden tener consecuencias irreversibles, ya que la colonización de las EEI generalmente es bastante rápida, por lo que las invasiones biológicas se consideran procesos crónicos, que requieren soluciones sostenidas, generalmente caras y, además, poco simpáticas, como las matanzas, que no son bien calificadas por la comunidad.

4. Prevención
La prevención es una prioridad, ya que las posibilidades de controlar a una especie que se ha vuelto invasora son muy limitadas, por eso debe aplicarse el principio de precaución: “A menos que existan evidencias convincentes de que la introducción será inocua, debe asumirse que traerá consecuencias indeseables”. Por ejemplo, el caso de la cotorra argentina: en un comienzo hubiese sido fácil su erradicación, sin embargo, actualmente está muy diseminada por las regiones Metropolitana y de Valparaíso, lo que complica cualquier medida de control efectivo.

Por lo tanto, si una EEI ha sido introducida, su detección temprana y una rápida acción son
cruciales para prevenir su establecimiento. Debe priorizarse su erradicación, pero si ello no es posible, debe optarse por la contención y el control en el largo plazo. En este contexto, la prevención es lo más importante de considerar al definir las futuras políticas públicas.

5. Normativa vigente sobre especies exóticas
Existen numerosas regulaciones para la introducción de especies al territorio nacional, ya sea del ámbito de la acuicultura, agricultura, ganadería o de las especies ornamentales; ésta pone el énfasis en regulaciones cuarentenarias tendientes a disminuir el riesgo o impedir el ingreso de plagas y enfermedades al país. No obstante, no existe normativa para disminuir el riesgo sobre la biodiversidad.

6. Principales avances de la CONAMA en la gestión de las EEI
• 2002, Proyecto Piloto I3N (InterAmerican Invasive Information Network): desarrollo del Nodo de Información Nacional de Especies Exóticas Invasoras. Este proyecto se retomó el
presente año (2008) con fondos aportados por la Red Interamericana de Información sobre
Biodiversidad (IABIN). Participarán el Centro de Estudios Avanzados en Ecología y Biodiversidad (CASEB) y la Universidad de Santiago de Chile.
El nodo de información será administrado por los organismos señalados y estará abierto a
recibir información de las universidades, investigadores y servicios públicos. Su objetivo es
convertirse en una base de datos actualizada tanto para uso en la gestión nacional, como en la de otros países que tengan conflictos con las mismas especies, ya sean invasoras o especies nativas chilenas introducidas.
Una vez que el proyecto concluya, la información estará disponible en los sitios web de IABIN
(http://www.iabin.net) y de la CONAMA (www.conama.cl).
• 2003, Plan de Acción de la Estrategia Nacional de Biodiversidad (ENB): un conjunto de
instituciones públicas acordaron desarrollar el Programa Nacional para el Control de las Especies Exóticas Invasoras que deberá estar en pleno funcionamiento el año 2015. Este será un programa transversal e incluirá la participación ciudadana.
• 2005, elaboración y aprobación de la Política Nacional para la Protección de Especies Amenazadas: actualmente se encuentra en desarrollo; contempla una línea estratégica
orientada al desarrollo de acciones sobre EEI que dañen especies amenazadas o sus ecosistemas.
Ésta será la base para el desarrollo del Plan Nacional de Control de Especies Exóticas.
• 2005, constitución del Comité Operativo para el Control de Especies Invasoras7: está compuesto por 12 servicios públicos coordinados por la CONAMA, entró en funcionamiento en
octubre de 2005 y su objetivo es generar las directrices para la elaboración del Plan Nacional
de Control de Especies Exóticas, consensuado por todas las instituciones. El Comité se enfocará en aquellas especies invasoras no reguladas, cuya introducción y propagación amenaza la diversidad biológica, reconociendo los sistemas regulados para plagas cuarentenarias en una estrategia integrada.
• 2006, talleres de capacitación sobre invasiones biológicas y herramientas disponibles para su gestión: congregaron a las personas interesadas en colaborar con el proyecto de base de datos (I3N - Chile).
• 2006, en julio de se constituyó una mesa de trabajo para la Conservación del Archipiélago de Juan Fernández. Entre sus objetivos está desarrollar un sistema de prevención y control de especies exóticas invasoras para el Archipiélago.
• 2007, en noviembre la CONAMA invitó a coordinar una mesa de trabajo para la gestión pública en islas oceánicas.
Cabe señalar que, tanto para el caso de las islas, como para el Plan Nacional de Control de Especies Exóticas, se está desarrollando una propuesta de directrices que deben contener
los programas que se elaboren para el manejo y control.
• 2007, taller de proveedores de datos de IABIN – Chile: participaron varias universidades
interesadas; posiblemente se genere un consorcio para generar una red de datos global.
• 2007, postulación a fondos semilla para digitalizar datos sobre EEI: durante el año 2008 se adjudicó un fondo semilla de la Red Interamericana de Información en Biodiversidad (IABIN)
para la actualización de la base de datos de especies exóticas de Chile. Dicho estudio está a cargo del Centro de Estudios Avanzados en Ecología y biodiversidad (CASEB), perteneciente a la Universidad Católica de Chile, quienes estarán a cargo de alimentar la base de datos existente y disponer la información al público a través de Internet.

7. Programa Nacional para el Control de las Especies Exóticas Invasoras
Para su desarrollo se requiere considerar elementos como:
• la incorporación de aspectos de control “reparador”, prevención, alerta temprana y acción
inmediata;
• reconocer el carácter transversal del problema de las invasiones biológicas, a fin de realizar un trabajo coordinado, multidisciplinario e integrado.
Por ello la CONAMA encargó el estudio “Elaboración de una propuesta de directrices que deben
contener los programas que se elaboren para el manejo, control y/o erradicación de especies
exóticas invasoras”. Así se definirá un documento que reúna las directrices y contenidos para la
formulación de programas, planes o proyectos de manejo, control o erradicación de especies exóticas invasoras de ambientes terrestres y acuáticos. Este documento deberá integrar todos los aspectos necesarios para una definir una directriz orientadora en el tema que, sin ser una estrategia, contenga todos sus componentes. Éste deberá nutrirse de las experiencias realizadas en cada una de las regiones del país y de información científica publicada de primer nivel, que colaboren con la definición de prioridades en prevención, manejo, control y, eventualmente, en erradicación de EEI.
La primera propuesta de Programa se debe presentar el año 2009 y deberá estar totalmente
implementada el año 2015. Para ello, el Comité Operativo para el Control de las Especies
Exóticas Invasoras deberá diseñar y dar seguimiento a las acciones que se comprometan en el Programa.

8. Próximas tareas y desafíos
• Diseñar el Programa Nacional para el Control de Especies Exóticas invasoras.
• Discutir, entre la comunidad científica y la administración pública, acerca de los medios
necesarios para facilitar el intercambio de información relativa a EEI.
• Consolidar la Red Nacional de Especies Invasoras (I3N-IABIN) en términos orgánicos y técnicos, incluida la plataforma informática, para el almacenamiento e intercambio de información nacional y con los demás miembros de la Red IABIN.
• Incentivar la investigación en las universidades, por ejemplo, mediante la realización de tesis donde se priorice el estudio de las EEI y se desarrollen aspectos como: conocer la historia de las especies exóticas en el país (vías de ingreso), su biología y efectos sobre los ecosistemas. Toda esta información es inexistente o muy escasa.
El Programa debe considerar, además del desarrollo de investigación, una estrategia de
comunicación orientada a sensibilizar a la comunidad respecto de la conservación de las riquezas naturales, considerando que las EEI pueden causar daños no sólo a las especies nativas, sino también, a la economía del país y a la salud humana.
Por lo tanto, las EEI se deben abordar desde una perspectiva multidisciplinaria y no solamente
desde la biología de la especie.
En síntesis, esto es lo que se ha hecho. En una primera mirada podría parecer poco, sin
embargo, es un paso importante ya que la coordinación entre instituciones públicas es un
proceso lento, que parte por sensibilizar a la alta administración y luego debe contar con el
apoyo regional y local.

Preguntas del público
Denisse Placencia, estudiante de medicina veterniaria, Universidad Santo Tomás:
¿Qué se requiere para el ingreso de nuevas especies al país, ya sea para ser asilvestradas o para cotos de caza?, ¿qué es lo que espera a futuro la CONAMA? Por ejemplo, en el caso de Australia y Nueva Zelanda, que son expertos en introducciones y en su control, exigen para las introducciones que se haya comprobado que la especie no ejerce algún efecto perjudicial.
Respuesta SG : la normativa existente tiene que ver con el ingreso de especies con riesgo o con consideración cuarentenaria (productivas), sin embargo, la gran falencia es la evaluación de riesgo de la biodiversidad. En este ámbito es donde no existe una normativa específica, tanto para las especies terrestres como para las hidrobiológicas.
Acotación de DP : lo que pasa es que los actuales problemas han sido originados por especies que provienen del cautiverio y que ingresaron con fines productivos.
Respuesta SG : para ellos existe normativa.
Acotación de Julio Cerda (Servicio Agrícola y Ganadero, SAG ): efectivamente, la normativa
no es sólo para el ámbito de la zoosanidad; la actual Ley de Caza (N° 19.473) establece muy claramente que para la introducción al territorio nacional se requiere un cierto número de requisitos y autorizaciones previas otorgadas por el SAG. En mi presentación señalé que existe una falencia para la protección interna puesto que, si bien es cierto progresamos con la modificación de la anterior Ley de Caza (Nº 4.601, texto sustituido por la Ley Nº 19.743), y
ahora podemos regular la liberación al medio natural dentro del país hacia aquellas regiones
o áreas donde no existe determinada especie, la falencia está en que debiera haber regulación
para el ingreso al territorio de dicha región o área (tal como lo es al territorio nacional).
Quisiera hacer una reflexión acerca de un punto legal también. Llama la atención el tema de los plazos, por ejemplo la implementación del Programa Nacional para el Control de las Especies
Exóticas Invasoras recién el año 2015; son plazos muy extensos para estas especies tan agresivas. En algunas regiones hemos tenido la suerte de obtener financiamiento para
comenzar a enfrentar el problema sin tener que esperar a que los comités operativos estén
funcionando. La reflexión va a un punto que no se ha mencionado y que podría agregarse: en la Ley General de Bases del Medio Ambiente (Nº 19.300), hay un fondo para investigaciones
ambientales y se observa una cierta asimetría respecto del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y los recursos asignados en CONAMA para los temas de biodiversidad.
También se observa una falencia legal que sería solucionable por CONAMA. Por ejemplo:
¿por qué no van a estudios de impacto ambiental los criaderos de especies dañinas o invasoras
a diferencia de los cotos de caza, que no siempre se relacionan con especies invasoras?
Para mí esta es una gran falencia de la Ley 19.300.
Respuesta SG : ojalá se pudiese mejorar la normativa en forma rápida y eficiente, sin embargo,
esos son procesos largos que responden a acuerdos entre las instituciones. Esto podemos reflexionarlo en el taller de la tarde, considerarlo una prioridad y señalarlo en la jefatura.
Pregunta de Ignacio Idalsoaga, médico veterinario de Buin Zoo:
Como institución zoológica, podríamos tener un aporte desde el punto de vista de lacomunicación. Siempre hemos tenido la inquietud de contar con una muestra de especies introducidas al país a fin de sensibilizar a los visitantes acerca de los daños que producen; recibimos alrededor de 500.000 visitantes al año, lo que podría ser un inicio interesante acerca de la realidad de estas especies. Aprovecho esta instancia para ofrecer esta posibilidad y buscar en conjunto alternativas para concretarla.
Respuesta SG : agradezco la sugerencia ya que la sensibilidad de la comunidad es un punto muy importante que se considera en cualquier estudio de factibilidad de un proyecto de control y erradicación.

1 comentario:

  1. En el contexto internacional, Chile ha suscrito diversos convenios que permiten guiar la gestión relativa a las especies exóticas, entre ellos destacan los siguientes:
    - Convenio sobre la diversidad biológica (CDB): en su decisión VI/23, reafirma prioridades de acción y establece principios rectores para la prevención, introducción y mitigación de impactos de las especies exóticas invasoras. En esta decisión se apoyan algunas iniciativas internacionales como, por ejemplo, el GISP (The Global Invasive Species Programme).
    - Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES): asegura la cooperación entre los países firmantes para que el comercio internacional no ponga en peligro la supervivencia de plantas y animales silvestres.
    - Convenio sobre la Conservación de Especies Migratorias de la Fauna Salvaje (Convención
    de Bonn o CMS): establece en su artículo V la necesidad de conservar, readecuar y proteger los hábitats de especies migratorias, incluido el control de las especies exóticas o la inspección de la ya internadas.

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